Estatutos

Estatutos Fomento de Nutrición y Salud

Capítulo I
Denominación, duración, domicilio y nacionalidad

Artículo 1°.- La Asociación se denominará Fomento de Nutrición y Salud e irá seguida de palabras Asociación Civil o de su abreviatura, A. C.
Artículo 2°.- La Asociación tendrá su domicilio en la Ciudad de México, Distrito Federal, pudiendo desarrollar sus actividades en cualquier lugar de los Estados Unidos Mexicanos o del Extranjero.
Artículo 3°.- La duración de la Asociación será de cincuenta años.

Capítulo II
Objeto de la Asociación

Artículo 4°.- La Asociación es de carácter científico sin fines de lucro y tiene por objeto:

I.- Contribuir a mejorar la calidad de vida de la población mexicana a través de la generación, difusión, divulgación y aplicación de conocimientos e información sobre alimentación, nutrición y salud.
II.- Realizar, promover y apoyar investigaciones, estudios y proyectos que permitan un mejor conocimiento de la situación alimentaria, de nutrición y de salud que prevalece en México, sus implicaciones socio económicas, su evolución histórica, sus tendencias y las recomendaciones que apunten a mejorar la nutrición y la salud de los mexicanos.
III.- Proporcionar servicios de orientación sobre alimentación, nutrición y salud a la población en general por medio de cursos, talleres, seminarios y diplomados.

-Extracto de Estatutos-